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1 de diciembre de 2022

Todo lo que debes saber sobre el bono del Buen Trato al Usuario

El pasado 23 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó en su tercer trámite, con votación unánime, el proyecto de ley que dio por cumplidas las metas sanitarias de 2022, entregando el Bono Trato al Usuario en su tramo 1 a todos(as) los(as) trabajadores(as) de la red de salud que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA RECIBIR EL PAGO?
* Los(as) trabajadores(as) beneficiados(as) deben pertenecer a las plantas de profesionales, auxiliares, administrativos o técnicos.

* Deben tener la calidad jurídica de contratados o titulares.

* Debían encontrarse en servicio activo a la fecha de pago de la asignación, que fue el pasado 30 de noviembre.

* Deben haber prestado servicios para uno o más de los establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, sin solución de continuidad durante los once meses anteriores a la fecha de pago.

* Además, para contabilizar estos once meses se debe contar hacia atrás desde la fecha de pago, terminando el mismo día correspondiente a aquel en que éste se efectúa, es decir, desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2022.

* Aquellos(as) funcionarios(as) que no han sido calificados(as) o que conservan la calificación anterior, tienen derecho a la asignación si cumplen con los requisitos ya señalados.

¿QUIÉNES NO TIENEN DERECHO AL BONO?

* Los(as) funcionarios(as) que al 30 de diciembre de 2021 no tuvieran la calidad jurídica de contratados o titulares.

* Los(as) funcionarios(as) calificados en lista 3 ó 4 en el periodo calificatorio inmediatamente anterior a la fecha de pago.

* Los(as) funcionarios(as) que registren ausencias injustificadas en los once meses anteriores al pago de la asignación, es decir, desde el 30 de noviembre de 2021 en adelante. Se entiende como ausencia injustificada el no cumplir con más de una jornada laboral y no contar con el respaldo legal para dicha ausencia (licencia médica, permiso, feriado legal, capacitación, etcétera).

¿QUÉ DEBERÍA OCURRIR EL 2023?
Este beneficio, que se paga anualmente, lo podrán recibir el próximo año todos aquellos(as) funcionarios(as) que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 20.646 de diciembre de 2012 y que pueden revisar en el siguiente enlace.